¿Este informe inicial, es un reflejo de la situación de los derechos de las personas con discapacidad en nuestro país?
EL INFORME DE VENEZUELA,
¿Este informe inicial, es un reflejo
de la situación de los derechos de las personas con discapacidad en nuestro
país?
José Gregorio Delgado
Herrera
PERSONA CON
DISCAPACIDAD
Coordinador General
Escuela de Vecinos de Venezuela
jgdelgado2011@gmail.com
escuevenac@gmail.com
Las personas con
discapacidad tienen sus derechos internacionalmente consagrados, y en Venezuela
se insiste en la “Discapacidad blindada” (Carlos S. Muñoz, Diario El
Universal, 13 de febrero de 2016) haciendo referencia a la Constitución
Nacional y la protección que brinda la LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, en
adelante LPCD, aunque, hay un reconocimiento de su incumplimiento desde la
instancias públicas y en la sociedad en su conjunto, de allí el llamado que se
realiza en este artículo de opinión: ”Es
deber de todos defender los derechos de las personas con discapacidad”.
Tenemos una oportunidad
de oro para cumplir con este deber ciudadano, al considerar y reflexionar sobre
el texto del INFORME DE VENEZUELA, según el artículo 35 de la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, Ley
de la República desde el 2009, aunque, apenas fue ratificado en el 2013, de
allí la importancia de la pregunta que formulamos ¿Este informe inicial, es un reflejo de la situación de los derechos de
las personas con discapacidad en nuestro país?
Si el informe en referencia es un
avance en la aplicación de la Convención en nuestro país, tomando en cuenta
diez años o los últimos dos años, nuestra respuesta definitiva a la pregunta es
NO REFLEJA NUESTRA SITUACIÓN, sin embargo, desde las personas con discapacidad,
sus familias y organizaciones, pueden evaluar este INFORME y formarse su propio
criterio, en cuanto a los planteamientos formulados por el Estado, aunque, resulta
más lógico que sea desde el Gobierno, tomando en cuenta que, su fuente está en
el MPP para las Relaciones Exteriores y no refleja exhaustivamente la acción de
todos los órganos del Estado, y mucho menos el parecer de las personas con
discapacidad. Para consultar el documento,
ver texto que se presenta: en http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRPD%2fC%2fVEN%2f1&Lang=en.
Después de leer 45 páginas, se puede concluir que
no resulta exhaustivo y además es un texto demasiado normativo que, señala muy pocas políticas públicas y
decisiones concretas para salvaguardar los derechos de las personas con
discapacidad, sin olvidar los datos numéricos insuficientes, para enmarcar el
contenido propuesto o la falta de referencias a ciertos aspectos críticos en
nuestro país en materia de discapacidad.
Seguramente, estas fallas evidentes se origina en
la falta de consulta previa, pues su anuncio se hace en agosto de 2015 y no se
reseñan reuniones o propuestas posteriores para dar forma y contenido al Informe preliminar, si damos por buena
la información de la página web de la Misión Dr. José Gregorio Hernández, una
de las fallas del documento es la falta de referencia a la metodología
utilizada para su elaboración, aunque indica que tiene una base documental
oficial y además que:
“Este informe también fue consultado con los movimientos y
organizaciones sociales que trabajan en
el área de la protección de las personas con discapacidad, a través de una
jornada de trabajo realizada a nivel nacional y coordina por el Conapdis. Allí
se presentaron los avances y los desafíos en la materia como también se brindó
información acerca de la metodología y
los plazos para la elaboración de los informes
complementarios”. (Introducción)
¿Cuándo y dónde, a quién se consultó y cuáles
fueron los aportes para el Informe?
En esta circunstancias a la sociedad civil que
representa a la población con discapacidad le queda la opción de presentar sus
observaciones y pedir que se enmiende su contenido, cuando se defina el
cronograma de difusión o cuando las organizaciones lo crean conveniente, luego
de leer el texto, tomando en cuenta que aún no se fija fecha para la evaluación
del INFORME PAIS en el Comité de Personas con Discapacidad, avanzar en el Informe paralelo, que de datos ciertos
de nuestra situación y de sus recomendaciones al Estado en materia de
discapacidad.
Un dato que queremos adelantar, tomando en cuenta
un tema que recientemente ocupa algunas notas de prensa, es que el INFORME agrega
referencia al Proyecto de Ley de reforma de la Ley para las Personas con
Discapacidad, LPCD en algunos de sus aspectos, aunque, aún no hay
acuerdo sobre su versión definitiva y no se trata de un documento oficial.
Igualmente, las estadísticas que usa son muy
cuestionables, pues aunque cita como fuente al INE y el CONAPDIS, el número de
personas atendidas o los logros en educación especial, según el MPP para la Educación,
son insignificantes, en relación a los recursos asignados, tomando en cuenta
que la rendición de cuentas no es completa y que se hace referencia a programas
o proyectos aislados o no suficientemente documentados.
El texto deja entre líneas la sensación de falta de
coordinación entre las instancias públicas responsables de atender las
situaciones de discapacidad y ofrece una panorámica demasiado positiva, que
contradice nuestra realidad en la materia, hay cosas pendientes por resolver y
nuestros derechos humanos van en “picada”.
Para muestra, sirve la lectura de un aspecto del
informe que refleja lo que nos dicen sobre la pobreza, en instituciones como el
INE, cuando se señala lo siguiente:
“De
acuerdo al método de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), la mayoría del
sector con discapacidad (1.178.130 personas) se puede considerar “no pobre”,
mientras que 452.678 personas se ven afectadas negativamente por las variables
que componen el indicador. Por tanto, se puede concluir que existen las
condiciones objetivas para que la mayoría de las personas con discapacidad,
puedan incorporarse progresivamente a la sociedad a través del goce de sus
derechos, así como la satisfacción de las necesidades más apremiantes”. (171)
Según esta afirmación, resulta que se
parte de una población que se declara con discapacidad, equivalente a 1.630.808
personas, ¿de dónde sale esta cifra? Si la propia Mesa Técnica coordinada por
el INE para el 2014 nos señala una población con discapacidad de 1.454.845,
seguramente, se trata de un ajuste estadístico en positivo, para respaldar la
conclusión que se ofrece:
“…
existen las condiciones objetivas para que la mayoría de las personas con
discapacidad, puedan incorporarse progresivamente a la sociedad a través del
goce de sus derechos, así como la satisfacción de las necesidades más apremiantes”.
En otra parte del Informe, se hace
referencia a las reuniones en el 2015 en la Defensoría del Pueblo, para el
análisis de la reforma de la LPCD, sin embargo, el proyecto que se reseña no
tiene el consenso y el apoyo de esta institución de los derechos humanos y
mucho menos del movimiento de las personas con discapacidad, hasta el punto que,
en una reunión efectuada el 16 de febrero de 2016, se manifestó el desagrado
por la falta de consulta del Informe y señalar una sana crítica en la propia
sede de la Defensoría del Pueblo, comprometida a recibir observaciones sobre el
proyecto de ley e incorporarlas a la propuesta que se llevará a la Asamblea
Nacional, citando un titulo distinto del señalado en el Informe, cuando en la
DP se indica como LEY ORGANICA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, siguiendo la
versión del CONAPDIS de diciembre 2015. Además, en el Informe se silencia la
existencia de un proyecto de ley alternativa, elaborada desde el movimiento de
personas con discapacidad con el apoyo de la Escuela de Vecinos de Venezuela,
presentado al CONAPDIS y la Defensoría del Pueblo, según comunicaciones de los
primeros meses de 2015.
Un dato más del Informe, según el
CONAPDIS “En la actualidad se encuentran
conformados 23.935 Comités Comunitarios a nivel nacional” (110) si la fuente de esta figura es la LPCD de
2007, para el 2015 ¿cuántos comités se formaron por año, dónde están, qué han
hecho, cuántas personas con discapacidad los integran. Sera que el CONAPDIS nos
puede ubicar esos miles de comités? Son muchas preguntas que se derivan de esta
referencia
En parte, estas interrogantes deberían
ser respondidas por el Reglamento de la Ley, un aspecto importante de este
Reglamento eran los Comités Comunitarios de Personas con Discapacidad, CCPCD, pero,
aún no está aprobado y seguramente, no se aprobará si prospera la reforma de la
Ley ante la Asamblea Nacional, AN.
Lo cierto es que, tal cantidad de
comités comunitarios no pueden pasar desapercibidos para el movimiento de las
personas con discapacidad, así que, por favor den alguna señal de “humo” para
ubicarlos y felicitar tan amplia organización, para mejorar los servicios para
las personas con discapacidad y emprender proyectos de utilidad para este
sector de la población,.
Un logro legislativo importante, fue articular los CCPCD con los consejos
comunales en la ley que se aprobó en el 2009, y la verdad si ¿hay más del 40% de consejos
comunales que han promovido sus comités en el área de discapacidad?. Que digan
“presente” para tomarlos en cuenta, pues las personas con discapacidad y sus
familias, se quejan que no son atendidas por estas instancias del poder
popular.
Por cierto, un aspecto que destaca el
Informe es la referencia sobre la incorporación de las personas con
discapacidad en el PLAN DE LA PATRIA, sin embargo, las menciones puntuales no
tienen relación con las necesidades a resolver para un pleno disfrute de su
derecho al desarrollo, así que, no basta con mencionarnos en esta ley sui generis, es preferible que, se
concrete el funcionamiento del consejo consultivo del CONAPDIS y que se cumpla
la política de atención integral, indicada en el texto de la LPPCD, aún
vigente, pero, incumplida en sus contenidos.
La Convención de la ONU sobre la cual
se sustenta el Informe de Venezuela, no crea nuevos derechos, abordar la
situación de las personas con discapacidad es un buen indicador para el
análisis de los Derechos Humanos en esta empobrecida Venezuela, tomando en
cuenta que, la población con discapacidad representa en realidad el equivalente
al 15% que anuncia el Informe Mundial de
la Discapacidad presentado por la OMS y BM en el 2011.
En consecuencia, a partir de la cifra
de más de 30 millones de habitantes para Venezuela, aprobada en el 2015 por la
AN, debemos recordar que estamos evaluando la situación de 4.500.000 personas
con discapacidad, aunque el INE indique otra cosa, podemos dejar una última
interrogante: ¿Qué condiciones especiales
tiene Venezuela, para que su población con discapacidad tenga un referente
estadístico por debajo de la media mundial?
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