José
Gregorio Delgado Herrera
Ciudadano
Elector
Este miércoles 5 de julio de
2017, después del ataque a la Asamblea Nacional, AN, los parlamentarios
aprueban un acuerdo histórico la convocatoria un proceso de decisión soberana
del pueblo venezolano, en respuesta a una iniciativa promovida desde la
sociedad civil, en el convencimiento de la necesidad de una hoja de ruta para
la reconstrucción de la democracia.
Desde la perspectiva de una
acción popular y ciudadana este acuerdo parlamentario se sustenta en los
artículos 5, 70 y 333 de la Constitución, legitimada la AN como instancia
nacional que expresa la soberanía popular, activando un medio de participación
ciudadana para lograr una consulta pública que facilite el ejercicio ciudadano
de mecanismo para garantizar la restitución de la Constitución.
Estamos en presencia de una
consulta popular significativa, en el contexto de la democracia participativa y
protagónica, mediante una iniciativa legislativa que respalda una consulta
ciudadana, mediante la activación de puntos soberanos para la recopilación de
las manifestaciones de voluntad, que se concretan en la respuesta a las tres
preguntas propuestas desde las instancias democráticas:
1. ¿Rechaza
y desconoce la realización de una Constituyente propuesta por Nicolás Maduro sin
la aprobación previa del pueblo venezolano?
2. ¿Demanda
a la Fuerza Armada Nacional y a todo funcionario público obedecer y defender la
Constitución del año 1999 y respaldar las decisiones de la Asamblea Nacional?
3. ¿Aprueba
que se proceda a la renovación de los poderes públicos de acuerdo a lo
establecido a la Constitución, y a la realización de elecciones libres y
transparentes así como la conformación de un gobierno de unión nacional para
restituir el orden constitucional?
Esta consulta popular no
pasa por el Consejo Supremo Electoral, en razón de que por su naturaleza no
representa un proceso electoral o referendo, es una consulta legislativa en el
marco de la competencia general atribuida a la AN, como promotora de la participación
ciudadana o popular en los asuntos de su competencia y como instancia
depositaria de la soberanía popular.
Esta acción de la AN se
concreta en los términos del artículo 187 numeral 4° de la Constitución y
ampliada por la aplicación del artículo 127 del Reglamento Interior y de
Debates de la AN, instrumento que se constituye en un desarrollo directo de la
Constitución en las materias de la participación ciudadana en la función
legislativa.
Esta consulta popular es una
respuesta política del Parlamento Nacional ante una solicitud ciudadana, en
consecuencia significa una oportunidad democrática para que se manifieste la
voluntad popular en las materias señaladas en esta convocatoria nacional.
Esta consulta popular es una
alternativa democrática activada desde la sociedad civil para hacer oír la voz
del pueblo, en relación a la Asamblea Nacional Constituyente Madurista, la
institucionalidad de la AN y la realización de las elecciones presidenciales,
una respuesta desde la política ciudadana a la situación de anarquía e
ingobernabilidad que se experimenta en nuestro país.
En razón de los elementos
expuestos como ciudadano y elector, hago un llamado al pueblo en general a que
concrete su derecho a la participación en la consulta popular convocada para el
venidero 16 de julio de 2017. Que cada uno manifieste su voluntad libre y
soberana en esta consulta popular.
Es una oportunidad para
manifestar la voluntad colectiva en torno a los temas políticos que se
concretan en las preguntas formuladas, cada elector o electora expresará
libremente su opinión en relación a las preguntas, manifestando conscientemente
su voluntad mediante las alternativas propuestas y las ratificará con su firma,
acudiendo a los puntos de recolección señalados por los organizadores de esta
consulta popular que significa nuestro respaldo a la constitución, la
democracia y la libertad de Venezuela.
En consecuencia, como
ciudadano y elector, manifiesto mi voluntad de participar en este proceso
consultivo popular, que cuenta con el respaldo institucional de la Asamblea
Nacional y las Universidades Nacionales, que asumen el control técnico y el
acompañamiento de esta consulta popular significativa para nuestro futuro
republicano y democrático. Este es el momento de hacernos protagonistas de
nuestra fiesta ciudadana para que el pueblo decida en el marco de la defensa a
la Constitución.
De que trata lo de: conformación de un gobierno de unión nacional??
ResponderEliminarSi se quiere garantizar la restitución de la Constitución, lo cual es competencia de la Asamblea Nacional, para qué entonces es necesaria esta consulta? Es para mayor formalidad?
ResponderEliminarSi obviamente van a desconocer la voluntad del pueblo en esta consulta, qué es lo que lograría específicamente?
ResponderEliminarSon razonables las dudas, pero, resulta que la consulta popular del 16J es una forma de manifestar constitucionalmente el desacuerdo popular con la Constituyente y respaldar las decisiones políticas que debe accionar la AN, se logra una voz ciudadana en la calle con 3 propuestas en la mesa, a partir de las preguntas y un compromiso con la CRBV de 1999. Es un acto democrático de volumen y forma para el pueblo en su conjunto y se deja un mensaje colectivo de rebeldia ciudadana ante una imposición gubernamental
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